por Vicente Reyes Palazuelos (presentación de Andrés Estefane)
¿Cuál es el carácter y extensión de la propiedad literaria? Abordándola, han dicho unos que esa propiedad no existe vinculada en ningún individuo, corporación o pueblo, que desde el momento que el autor comunica al público su obra, nadie, incluso él mismo, puede titularse su exclusivo dueño, y que cualquiera tiene por el contrario el derecho de reimprimirla y circularla cada vez que quiera o pueda hacerlo. Otros, discurriendo en opuesto sentido han sostenido y sostienen que la propiedad literaria participa en un todo del carácter y extensión de la propiedad común sin que haya nada que las distinga ni en cuanto a la manera de adquirirlas, ni en cuanto a los derechos que confieren. Entre estos dos extremos, casi todas las legislaciones, y con ellas un gran número de jurisconsultos, han tomado un término medio, reconociendo el dominio de los autores, pero no de la misma manera que reconocen y aceptan la propiedad común, sino poniéndole limitaciones de tiempo más o menos estrechas y entrando en clasificaciones y distinciones, según el género a que pertenece la producción. ¿En cuál de estas tres doctrinas se encuentra la verdad? ¿Cuál de ellas es la expresión de la justicia y de la conveniencia pública? Continuar leyendo →